Presentan un proyecto para restablecer la obligatoriedad de los serenos de buques en los puertos fueguinos

11/11/2025

Una persona presentó ante la Legislatura de Tierra del Fuego un proyecto de ley que busca restablecer la obligatoriedad de contar con serenos de buques en todas las embarcaciones de carácter comercial, industrial o turístico que operen en los puertos de la provincia. La iniciativa surge como respuesta al Decreto Nacional 37/2025, que eliminó esa exigencia en todo el país.

El autor de la propuesta, Héctor Rubén Ruiz, sostiene que la medida nacional “vulneró derechos fundamentales vinculados con la seguridad, el trabajo y el cumplimiento de normas nacionales e internacionales en materia portuaria”. En sus fundamentos, advierte que la supresión de la figura del sereno dejó a las autoridades locales “sin medidas sustitutivas que reemplacen su función de vigilancia de buques y cargas”, lo que —a su entender— representa un riesgo operativo en terminales clave como el puerto de Ushuaia.

Ruiz recordó que hasta enero de 2025 la actividad estaba regulada por el Reglamento de Seguridad Portuaria (Decreto 890/80), que exigía la presencia permanente de personal de vigilancia en buques amarrados y en la infraestructura portuaria. Tras la modificación impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, esa obligación desapareció, “sin análisis ni previsión de medidas alternativas”.

El proyecto destaca la particularidad del puerto de Ushuaia, definido como “estratégico para la República Argentina en el Atlántico Sur”, donde confluyen actividades de carga, pesca, turismo y logística antártica, en un entorno de condiciones climáticas extremas. En ese marco, el texto menciona declaraciones oficiales del presidente de la Dirección Provincial de Puertos, quien habría reconocido que la figura del sereno “es esencial para el funcionamiento seguro del puerto”.

La iniciativa propone restablecer la obligación de que todo buque de más de 2.000 toneladas —nacional o extranjero— que permanezca amarrado en puertos fueguinos cuente con un sereno debidamente registrado, capacitado y habilitado por la Prefectura Naval Argentina. Entre sus funciones, se incluyen la vigilancia del acceso a bordo, el control de cargas, la prevención de ilícitos aduaneros y la comunicación inmediata de irregularidades o emergencias.

Además, el texto impone a los armadores, operadores o agentes marítimos la responsabilidad de contratar el servicio y mantenerlo durante toda la estadía en puerto, bajo responsabilidad solidaria por los daños o perjuicios derivados del incumplimiento. También establece que la Dirección Provincial de Puertos será la autoridad de aplicación, junto con la Prefectura Naval, y que se priorizará la contratación de trabajadores radicados en Tierra del Fuego, promoviendo empleo local y capacitación.

En sus consideraciones finales, el autor advierte que la eliminación de los serenos “constituye una omisión grave en la planificación de la seguridad portuaria” y que, particularmente en la provincia, “debilita la capacidad de respuesta ante incidentes en un contexto de alto tráfico de pasajeros, buques extranjeros y operaciones sensibles”.

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